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Las nuevas enfermedades por las que podrás ausentarte en el trabajo

El Senado de la República dio luz verde este martes 24 de octubre 2023 a una reforma de la Ley Federal del Trabajo (LFT) para actualizar la tabla de enfermedades laborales.

Un proyecto que fue impulsado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tras más de cinco décadas sin haberse modificado y que considera 88 nuevas patologías.

Entre estas afecciones agregaron el estrés grave de adaptación y depresivo, la depresión, la ansiedad y el insomnio lo cuáles han sido finalmente reconocidos como dolencias que pueden ser causadas por el empleo. Esto significa que las personas diagnosticadas con alguna de estas enfermedades tendrán derecho a baja por enfermedad o incapacidad.

El antes y el ahora

Antes de estos cambios legales, el único padecimiento mental reconocido era la neurosis, la cual estaba catalogada como una enfermedad endógena, es decir, derivada de la fatiga industrial. Con la reforma se incluye por primera vez la clasificación de “trastornos mentales” dentro de este listado. Y se reconocen cuatro padecimientos: estrés, depresión, ansiedad y trastorno no orgánico del ciclo de sueño vigilia (insomnio).

Paradójicamente, México reconoce desde 2018, a través de la NOM-035, que ciertas condiciones de trabajo como la prolongación de la jornada laboral, la sobrecarga de trabajo y el liderazgo negativo pueden tener un impacto negativo en la salud mental de las personas. Sin embargo, fue hasta hace poco que se empezaron a reconocer las enfermedades derivadas de la exposición a dichos elementos.

“Desde el punto de vista normativo, ahora se ha completado el círculo. Estábamos obligados a identificar los factores de riesgo psicosocial, medirlos, prevenirlos… y, sin embargo, hasta ahora el círculo permanecía abierto, pues aún no se había reconocido la pieza final. Era como reconocer las causas pero ignorar las consecuencias”, afirma Jorge Mérida.

El cuadro de enfermedades indica que los cuatro trastornos mentales pueden afectar a todos los trabajadores, independientemente de su actividad, se considera que quienes trabajan en los siguientes sectores son más vulnerables a estas afecciones:

  • Salud
  • Educación
  • Transporte (terrestre, marítimo y aéreo)
  • Atención a usuarios
  • Seguridad pública y privada
  • Fuerzas armadas
  • Atención a desastres y urgencias
  • Buceo industrial
  • Comercio
  • Banca y finanzas
  • Sector industrial

“La mayoría son actividades que trabajan con gente, y ésa es la parte difícil. Pero cualquier otro trabajador puede ser diagnosticado con estos trastornos; por ejemplo, un trabajador que está en una zona aislada. El abanico de posibilidades está abierto”, expone Hosanna Rodríguez.

Foto tomada de X antes Twitter del Senado de México

Una vez aprobadas, ¿qué sigue?

Tras recibir la aprobación en el Senado, el proyecto fue enviado al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Una vez publicada, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social tendrá un plazo de 45 días hábiles para publicar el Catálogo de Certificados para la Evaluación de Enfermedades de Trabajo. Documento complementario que ayudará a los médicos especialistas en salud en el trabajo a diagnosticar y definir los estudios clínicos que pueden realizarse para confirmar el padecimiento.

La nueva tabla está alineada con la Clasificación Internacional de Enfermedades CIE-11 de la Organización Mundial de la Salud. Esta tabla entró en vigor el 11 de febrero del 2022 por lo que está actualizada con los últimos avances en medicina y salud en el trabajo.

Otras enfermedades aprobadas son:

Covid-19, cáncer (que ahora cubre un espectro ampliado de 30 tipos profesionales, frente a cuatro), abortos, endometriosis y enfermedades causadas por exposición tóxica.

Asimismo, tanto las tablas como el catálogo se revisarán al menos cada cinco años o cuando los avances en medicina del trabajo lo requieran, garantizando su continua revisión y actualización.

Con información de El Financiero y Radio Fórmula

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