El pasado junio entró en vigor la Ley Silla, una reforma a la Ley Federal del Trabajo que contempla el derecho al descanso laboral para los colaboradores durante su jornada, y que obliga a los patrones a otorgar sillas con respaldo para periodos de reposo. Esta es una legislación que puede generar muchas dudas, por lo que a continuación trataremos de aclarar las más comunes sobre su aplicación.
Uno de los puntos que ha generado inquietud es el uso, por parte de algunos empleadores, de relojes o bitácoras de descanso laboral para medir cuánto tiempo reposan sus empleados. Aunque pudiera parecer una medida extrema, lo cierto es que esta determinación es exigida por las autoridades, ya que permite comprobar si los patrones cumplen con esta nueva obligación establecida en la Ley Silla.
Al respecto, Estefanía Rueda, abogada laborista, señala que la Ley Silla es una obligación que opera para los servicios en los que los trabajadores deban permanecer de pie por más de tres horas continuas durante su jornada laboral.
Ante esto, las disposiciones emitidas por la Secretaría del Trabajo requieren que los empleadores cuenten con evidencia del otorgamiento del descanso, así como de la provisión de sillas con respaldo y de un espacio destinado al reposo.
Parte de esos controles pueden ser precisamente las listas o bitácoras, ya que representan un medio para que el patrón demuestre que está cumpliendo con la normativa laboral vigente.
Sobre el tiempo que se debe otorgar al empleado, la Ley Silla no especifica un mínimo ni máximo de tiempo de descanso laboral durante la jornada.
Una pausa mínima recomendada es de 15 minutos por cada dos o cuatro horas de trabajo continuo, de acuerdo con el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo de España. | Foto: Pexels,
La abogada refiere que ni la ley ni las disposiciones generales aclaran cuánto tiempo es suficiente; señala que, por ejemplo, después de dos horas continuas de trabajo de pie, el trabajador podría acceder a cinco o diez minutos de descanso, aunque no queda claro si esto es suficiente.
En torno a este punto, París Ravelo, especialista en salud ocupacional y bienestar, afirma que una pausa mínima recomendada es de 15 minutos por cada dos o cuatro horas de trabajo continuo, de acuerdo con el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo de España.
Ravelo indica que en los trabajos repetitivos o que requieren el uso constante de pantallas, lo ideal es contar con pausas de cinco a diez minutos por cada hora. En tareas físicas intensas, los descansos deben ser más frecuentes y prolongados, cada 60 o 90 minutos, mientras que en turnos prolongados o nocturnos se recomienda un descanso adicional por fatiga acumulada.
Para la especialista, los puestos de trabajo que requieren más pausas son aquellos con tareas repetitivas y monótonas, como ensamblaje, digitación y etiquetado, así como las funciones que implican uso prolongado de pantallas, como programación, diseño y atención al cliente.
Asimismo, se incluyen trabajos con carga física, posturas forzadas y áreas de alta demanda cognitiva o emocional, como docencia, atención médica, soporte técnico y vigilancia.
En general, las empresas con mayor impacto ante la Ley Silla son las tiendas de autoservicio y supermercados, tiendas departamentales y de conveniencia, farmacias, cadenas de comida rápida, centros comerciales, call centers y áreas de atención a clientes presenciales.
Estas son algunas de las consideraciones más relevantes de esta nueva reforma a la Ley Federal del Trabajo, cuya correcta implementación resulta clave para mejorar las condiciones laborales y el bienestar de los trabajadores en los sectores afectados.