Prevé lo inesperado y protégete
Adquirir un seguro de gastos médicos es una de las medidas de protección más útiles. Adquirir un seguro de gastos médicos es una de las medidas de protección más útiles ante cualquier eventualidad que...
Adquirir un seguro de gastos médicos es una de las medidas de protección más útiles.
Adquirir un seguro de gastos médicos es una de las medidas de protección más útiles ante cualquier eventualidad que pudiera afectar tu salud y la de tu familia. Conoce sus beneficios.
Se trata de “una póliza cuyo fin es cubrir los gastos médicos que se ocasionen por accidentes o enfermedades mediante el pago de una prima anual”, explica el actuario y asesor de seguros Marcos Zavala Díaz, director general de CASIN Consultores.
La cobertura
El propósito del seguro es “cubrir los gastos médicos hospitalarios necesarios para la recuperación del cliente en caso de accidente o enfermedad prevista por el contrato; esto es, que cubren sólo lo diagnosticado”, añade el experto. Las compañías de seguros “contemplan también algunas enfermedades que tienen un periodo de espera; es decir, que no tendrán cobertura hasta que transcurra un lapso ininterrumpido luego de la contratación. Entre ellas están el cáncer de mama (12 a 24 meses) y el VIH-sida (48 meses o más)”, advierte la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef). Pero también hay gastos que no cubren, como las enfermedades preexistentes, aquellas que han sido diagnosticadas y por las cuales se han hecho gastos antes de contratar el seguro. “Algunas aseguradoras las cubren con ciertos criterios: que no se hayan hecho gastos, estudios o tratamientos, ni presentado síntomas y/o signos durante cierto tiempo (entre dos y cinco años); estar asegurado en forma continua, y que no estén excluidas por las condiciones generales”, dice la Condusef.
Las exclusiones
Son enfermedades que las compañías aseguradoras no cubren. Además de las preexistentes, están los tratamientos psiquiátricos o psicológicos (excepto en ciertos casos, como cuando a la persona se le haya diagnosticado cáncer u otra enfermedad en fase terminal, o haya sufrido un accidente, secuestro, etc. y requiera este tipo de atención), tratamientos de adicciones, operaciones estéticas, abortos y tratamientos para la obesidad, la calvicie o la infertilidad, entre otros, señala la Condusef.