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En México, los vientres de alquiler no cuentan con una regulación federal que establezca las mismas reglas para todo el país. La situación cambia dependiendo de la entidad donde se realice el procedimiento.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señala que Sinaloa y Tabasco son las únicas entidades que permiten y regulan expresamente la gestación subrogada.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señala que Sinaloa y Tabasco son las únicas entidades que permiten y regulan expresamente la gestación subrogada. En contraste, Coahuila y Querétaro desconocen este tipo de acuerdos, mientras que en el resto del país la práctica permanece sin una regulación específica.
¿Dónde son legales los vientres de alquiler?
La gestación subrogada consiste en que una mujer acepta llevar un embarazo para una persona o pareja que pretende asumir la maternidad o paternidad del bebé.
En Tabasco, la legislación contempla la gestación asistida y subrogada, aunque la SCJN ha invalidado algunas disposiciones y ha llamado a las autoridades a regular la práctica de manera urgente y prioritaria.
En Sinaloa también existe regulación específica. Sin embargo, esto no significa que los vientres de alquiler funcionen bajo un esquema nacional uniforme.
De hecho, una sentencia de la Primera Sala de la SCJN emitida en julio de 2025 reiteró que, además de Sinaloa y Tabasco, existen entidades donde la figura no se reconoce y otras donde permanece desregulada.
Por ello, cualquier persona que considere participar en un acuerdo de este tipo debe revisar la legislación estatal aplicable y contar con asesoría jurídica especializada antes de firmar un contrato.
¿Cuánto puede ganar una mujer gestante?
No existe un tabulador nacional que establezca cuánto debe recibir una mujer por participar en un proceso de gestación subrogada. La cantidad depende del acuerdo entre las partes y de las condiciones establecidas.
Un reportaje publicado en mayo de 2026 documentó el caso de una mujer que recibió 300 mil pesos durante todo el proceso, cantidad que incluyó alimentación, ropa y transporte para citas médicas. El pago se realizó de manera diferida durante la gestación.
Ese mismo caso señala que la mujer recibió pagos progresivos: comenzó con 2 mil pesos después de la transferencia embrionaria, posteriormente recibió 5 mil y 10 mil pesos, y desde la semana 12 obtuvo 15 mil pesos mensuales. Después del nacimiento recibió otros 80 mil pesos.
La publicación también recoge que la agencia con la que posteriormente buscó participar ofrecía aproximadamente 380 mil pesos como remuneración. Esta cantidad corresponde a una oferta específica y no representa una tarifa oficial para México.
Además, la Suprema Corte ha establecido que, cuando existe una prestación económica, las autoridades deben vigilar la forma en que se entrega y las consecuencias de incumplirla, con el objetivo de proteger a la mujer gestante.
Los vientres de alquiler tienen una regulación limitada y desigual en México, por lo que las condiciones legales y económicas dependen del estado y del contrato celebrado.
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